excepciones  jornada laboral  en el territorio Colombiano 



Dentro de las acepciones de la jornada laboral en el territorio colombiano , se encuentra el trabajo  para los adolescentes, donde la edad mínima para iniciar actividades laborales es  de 15 a 17 años de edad,  se  reglamenta por el código de infancia y adolescencia  ley 1098 del 2006  en  el artículo 35,   establece  que se debe de contar con permiso de los padres de familia del adolescente  y el permiso del inspector de trabajo,  los cuales  deben de prevalecer por la integridad de adolecente , con relación a la jornada laboral se tiene las siguientes excepción:

b) La duración máxima de la jornada laboral de los adolescentes autorizados para trabajar, se sujetará a las siguientes reglas:

Los adolescentes mayores de 15 y menores de 17 años, sólo podrán trabajar en jornada diurna máxima de seis horas diarias y treinta horas a la semana y hasta las 6:00 de la tarde.

Los adolescentes mayores de diecisiete (17) años, sólo podrán trabajar en una jornada máxima de ocho horas diarias y 40 horas a la semana y hasta las 8:00 de la noche. (cortes, 2021)

Los menores de 15 años que realicen actividades tales como cultural, recreativo, artístico y deportivo. Reciban una retribución económica de igual forma deben de contar con los permisos anteriormente mencionados.

cortes, n. (23 de abril de 2021). Jornada de Trabajo en Colombia: Todo lo que debes saber. Obtenido de Jornada de Trabajo en Colombia: Todo lo que debes saber: https://www.geovictoria.com/co/jornada-de-trabajo-colombia/


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